Pautas para declarar ganancias en criptomonedas

pautas para declara las criptomonedas en hacienda
pautas para declara las criptomonedas en hacienda

Hacienda ya ha llamado a todos aquellos usuarios que han obtenido ganancias con las criptomonedas a reflejarlas en su declaración de la renta anual. ¿Eres tú uno de ellos y no sabes cómo tienes que hacerlo? ¡Te lo contamos! 

¿Qué es la declaración de la renta y por qué debemos hacerla? 

El IRPF es un impuesto que deben pagar las personas físicas residentes en España por todos los beneficios o rentas que obtengan a lo largo del año fiscal. Es decir, se entiende por renta los ingresos netos obtenidos, una vez restados a los ingresos los gastos que sean deducibles. Estos ingresos pueden ser por cuenta ajena o por cuenta propia, y también procedentes de plusvalías, por cobrar prestaciones públicas como una pensión, por rentas de capital, por recibir algún tipo de subvención, etc. El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) grava estos ingresos a través de la aplicación de un porcentaje determinado sobre la renta. 

Por tanto, la declaración de la renta o IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) es un tributo que tienen la obligación de pagar todos los ciudadanos a la Agencia Tributaria, en relación con los ingresos que hayan obtenido durante un año. Sin embargo, no todo el mundo tiene que hacerla, ya que dependerá de las rentas que se hayan obtenido a lo largo del año. Tal y cómo lo estima la Agencia Tributaria, debemos declarar todos los beneficios o rentas que se hayan obtenido a lo largo del año. 

Llegados a este punto debemos considerar la inclusión de las criptomonedas y los bitcoins en nuestra declaración. Ya que, cada vez son más los usuarios de este dinero digital que reporta beneficios para sus inversores. 

 En el Plan Anual de Control Tributario de 2021 se refleja que las criptomonedas y el dinero digital en general están sustituyendo al dinero físico, de hecho Hacienda alega que: “el dinero digital y la tendencia a reducir el uso del dinero efectivo, ha supuesto el incremento del empleo de criptomonedas como medios de pago, por lo que a finales de 2020 ya existen más de 7.500 criptomonedas en circulación”. Todos estos factores han acelerado el proceso de imponer multas si estos movimientos no se declaran ya que no pueden ser pasados por alto. 

Las criptomonedas cuentan como si fueran, por ejemplo, acciones. Esta campaña se ha puesto en marcha debido al auge de las criptomonedas en nuestro país. De hecho, Hacienda estima que alrededor de unos 15.000 españoles tendrán que incluir estos activos digitales en sus declaraciones ya que, por ejemplo, solo en ciudades como Madrid o Barcelona, ya es posible pagar con criptomonedas en más de 100 establecimientos diferentes. 

El director general de la Agencia Tributaria, Jesús Gascón, asegura que si no se cumplen estas obligaciones habrá sanciones de por medio ya que su no declaración en la renta anual “constituyen infracciones tributarias graves no presentar en plazo y presentar de forma incompleta, inexacta o con datos falsos las declaraciones informativas a que se refiere esta disposición adicional”. Por tanto, no solo será sancionable no incluir estos movimientos sino que también lo será incluirlos de manera incompleta u ocultando algunos datos.

Ahora bien, ya sabemos los peligros que corre no declarar las criptomonedas en nuestra declaración de la renta anual. Pero, ¿qué pasos debemos seguir para hacerlo? 

Pautas para declarar las criptomonedas

Por tanto, si tus ingresos anuales tienen estas cifras o superiores, debes realizar tu declaración anual de la renta. Para ello, las criptomonedas se declaran exactamente igual que una acción. Al igual que se las valora como acciones, también se les declarará como tal: una pérdida o ganancia patrimonial. 

Para incluirla, debemos hacer una resta entre el precio de compra y el precio de venta realizado por esa acción con criptomonedas y el resultado será declarado como pérdida o como ganancia patrimonial, dependiendo del resultado que obtengamos de la operación. Esto se realiza igual que con el resto de acciones que vayamos a declarar, por tanto no hará falta especificar que se trata de acciones con criptomonedas. 

El modelo 720 se presenta del 1 al 31 de marzo de cada año si la valoración global de nuestros bienes en el extranjero supera los 50.000€ (o ha habido cambios entre un año y otro de +20.000€ o -20.000€). La valoración se hace a 31 de diciembre de cada año.

Sin embargo, en todos los supuestos de declaración vigentes a 31 de diciembre de 2020 (objeto de declaración en 2021) se habla de bienes situados o gestionados en el extranjero, por lo tanto, es discutible la inclusión de las divisas digitales en este concepto, al no estar depositadas al uso en ninguna entidad bancaria ni estar presentes físicamente en una ubicación concreta.

Como hemos citado anteriormente, las criptomonedas no son un bien que se pueda encontrar de manera “física” por así decirlo en ningún lugar del mundo. Por tanto, Hacienda ha decidido incluirlo en el modelo 720 en el cual se declaran los bienes en el extranjero. Al carecer los bitcoins de una entidad física en España ni en ningún lugar, deberá tributar como bienes obtenidos en el extranjero. 

¿Qué pasa si no declaro mis ganancias en criptomonedas?

El Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2021, mencionado anteriormente, ha puesto en el punto de mira a las criptomonedas y a los bitcoins para evitar que se “hagan trampas” con estos movimientos. En dicho plan se alerta de una serie de “riesgos fiscales” que suponen las criptomonedas y establece una serie de medidas para el control de estas transacciones.

La cantidad fija que ha establecido Hacienda para sancionar a los usuarios de criptomonedas es de 5.000€, pudiéndose aumentar dependiendo del tipo de sanción que se haya cometido. 

Por ejemplo, en el caso de cada dato o conjunto de datos referidos a una misma cuenta que hubiera debido incluirse en la declaración o hubieran sido aportados de “forma incompleta, inexacta o falsa”, serán multados con un mínimo de 10.000 euros. 

También serán multados con 10.000 euros aquellas declaraciones que incumplan  la obligación de informar sobre títulos, activos, valores, derechos, seguros y rentas depositados, gestionados u obtenidas en el extranjero con criptomonedas. 

Por otro lado, también habrá sanciones cuando, aunque los datos hayan sido entregados o declarados, se haya retrasado dicha información y no haya cumplido con los plazos establecidos. Por ejemplo,  la entrega de la información relacionada con las criptomonedas en cartera digital.  Según estima Hacienda, para estas multas, la sanción será de 100 euros por cada dato o conjunto de datos referidos a cada elemento patrimonial individualmente considerado según su clase, con un mínimo de 1.500 euros, cuando la declaración haya sido presentada fuera de plazo sin requerimiento previo de la Administración Tributaria.

En conclusión podemos decir que es muy importante que declaremos correctamente estos activos para evitar así sustos con Hacienda y sanciones que pueden ser muy altas. Para evitarlo, es importante seguir las pautas que se nos establecen desde la Agencia Tributaria para incluirlas correctamente en nuestra declaración. Al menos, hasta ahora seguirá siendo así a no ser que se cree un documento o modelo específico para declarar criptomonedas, según se especula a día de hoy y que podría llegar pronto. 

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